La causa, interpuesta por la ONG Atacama Limpia en contra del Servicio de Evaluación Ambiental, SEA, cuestiona la calificación ambiental del proyecto porque no se consideraron las observaciones ciudadanas.
La reclamación se ocasionó luego que la SMA cursara al recinto hotelero una multa por más de 51 millones de pesos. Sanción que se origina a raíz de una denuncia por ruidos molestos formulada por un vecino del hotel.
De acuerdo a lo establecido en el documento, el Protocolo Metodológico considera dos etapas sucesivas. La primera destinada a la constitución de una mesa de diálogo entre las partes y la ejecución de estudios de línea base del área de influencia. En tanto, la segunda tendrá por objeto identificar y consensuar las medidas de reparación y/o compensación que puedan resultar aplicables a la luz de los estudios de línea base científica que se desarrollarán en la etapa anterior.