Luego de la audiencia de alegatos, el Primer Tribunal Ambiental determinó, el pasado miércoles, dejar en estudio la reclamación interpuesta por agricultores del valle de Copiapó en contra de la Superintendencia de Medio Ambiente, SMA, por la aprobación del Programa de Cumplimiento, PdC, de minera Caserones de Lumina Copper.
El PdC se presentó luego de la formulación a la minera, de 18 cargos por infracciones a normativas ambientales que fueron comprometidas cuando se aprobó el proyecto.
En la audiencia, los abogados tanto de los agricultores como parte reclamante; de la Superintendencia de Medio Ambiente, SMA, como reclamada y de la empresa minera, expusieron sus fundamentos ante la sala conformada por los ministros Mauricio Oviedo (presidente), Marcelo Hernández y Juan Opazo.
Respecto al análisis de la controversia, ésta se basa en que el organismo fiscalizador dejó fuera del programa de cumplimiento dos cargos graves causantes de daño ambiental y lo aprobó solo con las medidas referentes a 16 infracciones.
Para el abogado de los agricultores, Sebastián Leiva, el actuar de la SMA no es legítimo ya que no existe una norma que autorice a la SMA a desagregar un PdC, además, de ser un instrumento que busca que el infractor vuelva a cumplimiento y luego se haga responsable de los daños.
“Se le está permitiendo a la empresa obtener una nueva Resolución de Calificación Ambiental, RCA, que le de legalidad para operar de manera permanente con su plan de remediación. Se le permite remediar y regularizar a través de un Estudio de Impacto Ambiental, EIA, su mal funcionamiento”, aseguró.
Respecto a lo anterior, la abogada de la Superintendencia del Medio Ambiente, Pamela Torres, dijo que “no se trata de un alegato contra la evaluación ambiental, sino que se está revisando si la aprobación del programa de cumplimiento cumplió o no con los requisitos legales y se ajusta a la normativa vigente”.
La abogada justificó la decisión de la SMA porque explicó que el PdC es improcedente respecto de infracciones que contemplen daño ambiental. “La institucionalidad ambiental contempla otros mecanismos para la adecuada reparación del medioambiente dañado”, aseguró.
En su alegato, Torres dio a conocer los detalles de un programa de cumplimiento y la diferencia con lo que es el plan de reparación y explicó que la reparación va más allá de lo previsto en una Resolución de Calificación Ambiental, RCA.
“Lo que nos entrega el sancionatorio es una claridad de la reparabilidad o irreparabilidad del daño”, afirmó la abogada y explicó que el PdC es voluntario y tiene como objetivo proteger al medioambiente y el plan de cumplimiento reparar el daño causado. “El estándar probatorio de cada una de las infracciones es distinto y determina la procedencia de uno u otro”, enfatizó.
No obstante, lo indicado por la SMA, el abogado reclamante acusó a la empresa de operar de forma contumaz al efectuar una extracción ilegal de agua de los pozos de forma constante y les solicitó el cumplimiento de su calificación ambiental “para que se puedan realizar las actividades de asentamiento humano y las actividades agrícolas en armonía”.
La abogada de la empresa Cecilia Urbina, aseguró que la compañía ha presentado un programa de cumplimiento robusto que aborda los 16 cargos, con 51 acciones y 211 verificadores, cuyo costo asciende a los 46 millones de dólares.
Reconoció los incumplimientos y explicó que se debieron a que efectivamente hubo infiltraciones de relaves a los acuíferos, pero que el PdC se hace cargo de ello y salvaguardan el recurso hídrico.
Urbina detalló que efectivamente para controlar la contaminación hubo un incumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental, a través de la operación de 4 pozos que permitieron recuperar el material contaminado antes de su avance.
Explicó que los pozos son necesarios para el control de las infiltraciones y dijo que aun así, la empresa no están utilizando todos su derechos de agua. Además, aseguró que se busca hacerse cargo de los impactos no previstos por lo que comenzó a trabajar en el EIA que busca evaluar el nuevo sistema de infiltración.
Programas de Cumplimiento
Los programas de cumplimiento son un plan de acciones y metas que presenta un infractor ante la SMA para cumplir nuevamente con la normativa ambiental, ya que es función de este organismo garantizar el cumplimiento de la regulación ambiental.
El PdC debe tener a lo menos una descripción de los hechos que constituyen la infracción, un plan de acciones y metas; el plan de seguimiento, indicadores y remisión de informes.
Caserones
El proyecto se emplaza en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó en la Región de Atacama, a aproximadamente 160 km. Al sureste de Copiapó, a una altura media de 4.300 metros sobre el nivel del mar.
Se trata de un proyecto minero de Sociedad Minera Lumina Copper Chile de rajo abierto de producción de concentrado de cobre y molibdeno, cuya vida operativa es de 28 años.